CONDICIONES DE NUESTROS SERVICIOS
Artículos de Prohibida Transportación
Plantas colorantes.
Alucinógenos, anfetaminas, cocaínas, estupefacientes, psicotrópicos, morfina, veneno, medicamentos, material médico quirúrgico y equipos médicos.
Animales vivos
o muertos.
Armas de fuego, municiones, explosivos, cartuchos, fuegos artificiales, pólvora y fósforos.
Artículos de vidrio, porcelanos, cerámico
y acrílicos.
Dinero metálico, billetes, títulos valores, tickets de alimentación, cheques endosables, tarjetas de crédito, metales y/o piedras preciosas, joyas y similares.
Líquidos para limpieza.
Materiales explosivos: gasolina, gasoil, kerosene, insecticida y demás sustancias inflamables.
Reactivos químicos y biológicos, gases, sustancias corrosivas y/o materiales radioactivos.
La empresa también desea que conozcas las responsabilidades que obtenemos con su envío y en ese sentido que es procedente y que no, por lo que se declara que:
- DOMESA, es responsable únicamente por el traslado de envíos y no del contenido de los mismos, tomando en cuenta que estos han sido preparados y embalados por EL CLIENTE.
- Recibiremos los reclamos o solicitudes del cliente que se realicen dentro de los treinta (30) días continuos siguientes a la consignación o a la no entrega del envío, y del destinatario dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de haber recibido su envío.
- DOMESA, resguardará los envíos no retirados por un periodo de treinta (30) días continuos siguientes a su recepción. Transcurrido ese tiempo, realizará cargos adicionales por almacenamiento hasta por un periodo de tres (03) meses antes de proceder a su desincorporación.
- Los reclamos y solicitudes que sean realizados por el cliente sobre la prestación del servicio se recibirán a través de nuestros contactos de atención al cliente: Call Center 0501-DOMESA-0 (0501-3663720) o WhatsApp +58 (424) 1726121.
- Cualquier reclamo sobre el envío que haya sido recibido y firmado conforme en la guía de porte se considera no procedente.
- Atención Servicio Contratado: si el cliente omitiera la declaración del peso del envío, la compañía asumirá que el peso es menor o igual a los cincuenta (50) kilogramos, entendiendo que el cliente deberá responder por el pago del franqueo postal obligatorio a ese peso.
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